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SECRETARÍA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO

ALFREDO-JIMENEZ SECRETARÍA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO

Nombre: DR. ALFREDO JIMÉNEZ NORIEGA
Ubicación: Quinto piso Edificio “A”
Contacto : 52416014 Extensión: 2528
Cargo: Secretario de Capacitación y Adiestramiento
“SECRETARÍA CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO”

MARCO ESTATUTARIO

Artículo 92. Son obligaciones y atribuciones del Secretario de Capacitación y Adiestramiento:

I. Procurar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores.
II. Vigilar el exacto cumplimiento del Reglamento de Becas en cuanto a cursos de capacitación, adiestramiento, actualización y de Educación Media Superior.
III. Vigilar el exacto cumplimiento del Reglamento de Capacitación y Adiestramiento.
IV. Vigilar y supervisar las actividades del Centro Nacional de Capacitación y Productividad y coordinar el funcionamiento de los Centros de las Secciones y Delegaciones Foráneas Autónomas.
V. A petición de los integrantes del Comité Ejecutivo Nacional y Comisiones Nacionales, capacitar, actualizar y adiestrar al personal que labora en las instalaciones sindicales.
VI. Procurar el perfeccionamiento de los miembros de la Agrupación, para el mejor desempeño de su trabajo, organizando conferencias, cursos de especialización y promoviendo la apertura de Centros de Capacitación, es el responsable de las Bibliotecas virtuales y Videotecas, debiendo implementar la formación y enriquecimiento de las mismas acorde a la innovación tecnológica. Realizar convenios con instituciones educativas para la mejora en la capacitación del trabajador. 
VII.Formar parte de la Representación Normativa de la Comisión Nacional Mixta de Capacitación y Adiestramiento de la que será coordinador general de la representación sindical.
VIII. Cooperar con los Secretarios de Conflictos, Previsión Social, Trabajo y Asuntos Técnicos en la preparación de las reformas que deben de introducirse en el Contrato Colectivo de Trabajo, Reglamentos y Convenios, recabando con la debida anticipación las opiniones que sobre el particular tengan los distintos organismos del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social y los agremiados en lo individual.
IX.Vigilar el cumplimiento de las Cláusulas 114, 115 y 117 del Contrato Colectivo de Trabajo.
X. Las demás que se deduzcan de las anteriores, que estén de acuerdo con la índole de sus funciones.